Todas las clasificaciones tienen en común la cotización en el mismo régimen de la Seguridad Social pero, en función de sus diferencias de funcionamiento, difieren principalmente en la fiscalidad aplicable.

  • Trabajadores autónomos

    Todas las clasificaciones tienen en común la cotización en el mismo régimen de la Seguridad Social pero, en función de sus diferencias de funcionamiento, difieren principalmente en la fiscalidad aplicable.

  • Profesionales autónomos

    Se dedican a profesiones liberales incluidas en el correspondiente listado del Impuesto de Actividades Económicas. Pueden tener o no trabajadores a su cargo y establecimiento abierto al público o trabajar desde casa.

  • Empresarios autónomos

    Son aquellos que han optado por constituir una sociedad y ejercen el cargo de administrador. Si hay varios socios, incluye también a quienes ostentan al menos la tercera parte del capital social, la cuarta parte si desempeña funciones de gerencia o la mitad si está en posesión de familiares directos.

  • Autónomos dependientes

    Facturan a un solo cliente el 75% o más de sus ingresos y no pueden tener trabajadores a su cargo.

  • Otros

    Autónomos colaboradores (cónyuges y familiares), cooperativistas, socios de comunidades de bienes, etc.